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ATENCIÓN A SOLICITUDES DE NEGATIVO DE REGISTRO DE INMUEBLES, BLOQUEO, DESBLOQUEO DE INMUEBLES O LIQUIDACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA

ATENCIÓN A SOLICITUDES DE NEGATIVO DE REGISTRO DE INMUEBLES, BLOQUEO, DESBLOQUEO DE INMUEBLES O LIQUIDACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA

REQUISITOS:

  • Carta de solicitud, dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares) (solo para Contribuyentes), Orden Judicial o Requerimiento Fiscal (original y copia).
  • Valorados establecidos en la normativa vigente (a excepción de liquidación de deuda tributaria).
  • Fotocopia de Cédula de Identidad del Contribuyente (vigente).
  • Fotocopia de Cédula de Identidad y Poder (en caso de apoderado).
  • Fotocopia del Título de Propiedad y/o Alodial actualizado (alodial no mayor a 180 días de emisión), si corresponde.

Los Contribuyentes Jurídicos, además deberán presentar:

  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos).
  • Fotocopia legible de Cédula de Identidad del Representante Legal y del Poder de Representación.

NOTA (S):

  1. En la carta deben estar especificados claramente los datos correspondientes a la solicitud realizada, los datos del Contribuyente y otros datos de acuerdo al requerimiento.
  2. En caso de que la solicitud sea mediante Orden Judicial o Requerimiento Fiscal, deben presentar el documento firmado por la Autoridad competente (original y copia); el mismo debe estar dirigido a la Secretaría Municipal de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.
  3. El Trámite se ingresa y se recepciona en Plataforma Operativa, de existir dudas sube al departamento de Inmuebles.

COSTO:

TASAS POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES IMPORTE
22 CERTIFICACIÓN NEGATIVO DE REGISTROS TRIBUTARIOS DE BIENES INMUEBLES. Bs. 120.00

 

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