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EXENCIÓN DE IMPUESTOS PARA VEHÍCULOS (MISIONES DIPLOMÁTICAS O CONSULARES EXTRANJERAS).

EXENCIÓN DE IMPUESTOS PARA VEHÍCULOS (MISIONES DIPLOMÁTICAS O CONSULARES EXTRANJERAS).

REQUISITOS:

1. Carta de solicitud de plan de facilidades de pago tributarios, dirigido a la Máxima Autoridad Tributaria Municipal.

2. Fotocopia del documento de identificación del sujeto pasivo y/o tercero responsable.

3. Número de teléfono personal celular y fijo de referencia.

4. Correo electrónico.

5. Croquis del domicilio y/o domicilio laboral dentro de la jurisdicción del municipio de Santa Cruz de la Sierra.

NOTA(S):

  • Testimonio de Poder específico (original o fotocopia legalizada) para la solicitud y tramitación del plan de facilidad de pago, cuando el solicitante no sea el titular de la deuda (si corresponde)
  • Para los siguientes casos además presentar:

• Sucesores de personas naturales,

1. Testimonio Notarial y/o Resolución Judicial de Declaratoria de Herederos o aceptación de herencia (fotocopia legalizada).

• Personas colectivas o jurídicas sucesoras en los pasivos tributarios ,

1. la disposición normativa o documento equivalente que disponga de forma expresa la sucesión de pasivos tributarios.

• Socios o accionistas que asuman la responsabilidad de sociedades en liquidación o disolución ,

1. Testimonio de escritura pública o documento equivalente que acredite la liquidación o disolución de la sociedad (fotocopia legalizada).

  • La cuota mínima para la otorgación de planes de facilidades de pago para los tributos, no podrá ser menor a los 100 UFV’S.
  • El incumplimiento de un Plan de Facilidades de Pago dará lugar al Título de Ejecución Tributaria.
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