REQUISITOS:
1. Fotocopia del documento de identidad del propietario y presentar original.
2. Aviso de cobranza de electricidad o agua.
• Testimonio de Poder específico (original o fotocopia legalizada) para la solicitud y tramitación del plan de facilidad de pago, cuando el solicitante no sea el titular de la deuda (si corresponde).
• Para los siguientes casos además presentar:
• Sucesores de personas naturales:
Testimonio Notarial y/o Resolución Judicial de Declaratoria de Herederos o aceptación de herencia (fotocopia legalizada).
• Personas colectivas o jurídicas sucesoras en los pasivos tributarios:
La disposición normativa o documento equivalente que disponga de forma expresa la sucesión de pasivos tributarios.
• Socios o accionistas que asuman la responsabilidad de sociedades en liquidación o disolución:
Testimonio de escritura pública o documento equivalente que acredite la liquidación o disolución de la sociedad (fotocopia legalizada).
• La cuota mínima para la otorgación de planes de facilidades de pago para los tributos, no podrá ser menor a los 100 UFV’S.
• El incumplimiento de un Plan de Facilidades de Pago dará lugar al Título de Ejecución Tributaria.
CARTA MODELO:
No se necesita presentar la carta de solicitud.
FORMULARIOS:
No se realiza el llenado de formularios.
COSTOS:
No se realizan pagos.
PRESENTACIÓN:
En Plataforma de la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).
NOTA:
El presente trámite no abarca a la gestión vigente.