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diciembre 12, 2023

TRÁMITES DE BIENES INMUEBLES DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT)

BIENES INMUEBLES

  1. CERTIFICACIONES DE INMUEBLES

Aquí se encuentran los requisitos y procedimientos para obtener certificaciones de bienes inmuebles en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Se detallan los documentos necesarios, como cartas de solicitud, identificaciones, y títulos de propiedad, específicos para contribuyentes individuales y jurídicos. Las certificaciones abarcan aspectos como propiedad, pagos de impuestos municipales, estado tributario, certificaciones judiciales o fiscales, y certificaciones de no adeudo. Además, se menciona que las tasas varían según el tipo de certificación solicitada, proporcionando un resumen de los costos asociados a cada trámite.

REQUISITOS CERTIFICACIONES DE INMUEBLES:

  • Carta de solicitud, dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares) (solo para Contribuyentes), Orden Judicial o Requerimiento Fiscal (original y copia).
  • Adjuntar pago de Tasa por Servicio Municipal, si corresponde.
  • Fotocopia de Cédula de Identidad del Contribuyente (vigente).
  • Fotocopia de Cédula de Identidad y Poder (en caso de apoderado).
  • Fotocopia del Título de Propiedad o Alodial actualizado.
  • Adjuntar comprobante de pago original de la entidad financiera.

 

Los Contribuyentes Jurídicos, además deberán presentar:

  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos);
  • Fotocopia legible de Cédula de Identidad del Representante Legal y del Poder de Representación.

 

NOTA(S) CERTIFICACIONES DE INMUEBLES:

  1. En caso de CERTIFICACIONES solicitadas por Instituciones del Estado, Servicios de Impuestos Nacionales (SIN), Unidad de Investigación Financiera (UIF), entre otros, el trámite no necesita valorados, así como las Órdenes Judiciales y los Requerimientos Fiscales para fines investigativos, con excepción de aquellas que sean solicitadas para terceras personas, deberán adjuntar los valorados correspondientes. (La solicitud se presenta en la Secretaria Municipal de Administración Tributaria).
  2. En caso de CERTIFICACIONES solicitadas mediante Orden Judicial o Requerimiento Fiscal, deben presentar el documento firmado por la Autoridad competente (original y copia); el mismo debe estar dirigido a la Secretaría Municipal de Administración Tributaria del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra (no precisan presentar carta), (La solicitud se presenta en la Secretaria Municipal de Administración Tributaria).
  3. Para la certificación de propiedad, se deberá presentar valorados por cantidad de inmuebles solicitados.
  4. Para certificación de pago por gestión, se deberá presentar valorados por cada una de las GESTIONES solicitadas.
  5. En la carta deben estar especificados los datos correspondientes a la solicitud de certificación (datos del Contribuyente y/o datos del inmueble(s).
  6. Las Tasas por Servicio Municipal, deben ser adjuntada el original.
  7. Todas las solicitudes de CERTIFICACIONES se presentan y recogen en el Departamento de Inmuebles, con firma recepcionada.

                                                                                                                       

 

 

COSTO CERTIFICACION DE INMUEBLES:

 

TASAS POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES IMPORTE
Solicitud de certificaciones de propiedad de bienes inmuebles. Bs. 120.00
Solicitud de certificación de pagos de impuesto municipal a la propiedad de bienes inmuebles (IMPBI). Bs. 120.00
Solicitud de certificación  de pagos de impuesto municipal a la transferencia onerosa  de bienes inmuebles (IMT). Bs. 120.00
Solicitud de certificación de estado tributario de bienes inmuebles. Bs. 120.00
Solicitud de certificaciones judiciales o fiscales de bienes inmuebles. Bs. 120.00
Solicitud de certificaciones de impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles en caso de declaratoria de herederos  y/o donaciones. Bs. 120.00
Certificación de no adeudo tributario de bienes inmuebles. Bs.120.00

 

 

 

  1. SELLO SECO DE INMUEBLES

El Sello Seco de Inmuebles se obtiene presentando la Minuta de Transferencia original, el comprobante de pago del Impuesto Municipal a la Transferencia (IMT) en original y fotocopia, junto con el Certificado Catastral original. Este proceso se realiza en el Departamento de Inmuebles, y el Sello Seco se emite de inmediato al presentar los documentos.

 

Es importante destacar que este trámite es gratuito y está asociado a la formalización de la transferencia de un inmueble.

 

REQUISITOS SELLO SECO DE INMUEBLES:

  • Minuta de Transferencia (original).
  • Comprobante de Pago del Impuesto Municipal a la Transferencia (IMT), en original y fotocopia.
  • Certificado Catastral (original).

 

NOTA(S) SELLO SECO DE INMUEBLES:

 

El Trámite se realiza en el Departamento de Inmuebles.

La emisión del Sello Seco es al momento de la presentación de los requisitos.

 

COSTO SELLO SECO DE INMUEBLES:

Gratuito.

 

 

 

  1. ATENCIÓN A SOLICITUDES DE NEGATIVO DE REGISTRO DE INMUEBLES, BLOQUEO, DESBLOQUEO DE INMUEBLES O LIQUIDACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA

Este trámite permite gestionar diversas solicitudes relacionadas con bienes inmuebles ante el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Los documentos necesarios incluyen una carta de solicitud, valorados según la normativa vigente (excepto para liquidación de deuda tributaria), fotocopias de la cédula de identidad del contribuyente, título de propiedad actualizado, y otros documentos específicos para contribuyentes jurídicos.

Las solicitudes pueden involucrar negativos de registro de inmuebles, bloqueo, desbloqueo o liquidación de deuda tributaria. Se destaca que, en caso de solicitudes mediante orden judicial o requerimiento fiscal, se requiere la presentación del documento firmado por la autoridad competente, dirigido a la Secretaría Municipal de Recaudaciones.

El trámite se inicia y recepciona en la Plataforma Operativa, con posibilidad de remisión al Departamento de Inmuebles en caso de dudas. Cabe mencionar que hay un costo asociado a la certificación negativa de registros tributarios de bienes inmuebles, establecido en Bs. 120.00, según las tasas por servicio municipal.

REQUISITOS A SOLICITUDES DE NEGATIVO DE REGISTRO DE INMUEBLES, BLOQUEO, DESBLOQUEO DE INMUEBLES O LIQUIDACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA:

  • Carta de solicitud, dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares) (solo para Contribuyentes), Orden Judicial o Requerimiento Fiscal (original y copia).
  • Valorados establecidos en la normativa vigente (a excepción de liquidación de deuda tributaria).
  • Fotocopia de Cédula de Identidad del Contribuyente (vigente).
  • Fotocopia de Cédula de Identidad y Poder (en caso de apoderado).
  • Fotocopia del Título de Propiedad y/o Alodial actualizado (alodial no mayor a 180 días de emisión), si corresponde.

 

Los Contribuyentes Jurídicos, además deberán presentar A SOLICITUDES DE NEGATIVO DE REGISTRO DE INMUEBLES, BLOQUEO, DESBLOQUEO DE INMUEBLES O LIQUIDACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA:

  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos).
  • Fotocopia legible de Cédula de Identidad del Representante Legal y del Poder de Representación.

 

NOTA (S) PARA SOLICITUDES DE NEGATIVO DE REGISTRO DE INMUEBLES, BLOQUEO, DESBLOQUEO DE INMUEBLES O LIQUIDACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA:

  1. En la carta deben estar especificados claramente los datos correspondientes a la solicitud realizada, los datos del Contribuyente y otros datos de acuerdo al requerimiento.
  2. En caso de que la solicitud sea mediante Orden Judicial o Requerimiento Fiscal, deben presentar el documento firmado por la Autoridad competente (original y copia); el mismo debe estar dirigido a la Secretaría Municipal de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.
  3. El Trámite se ingresa y se recepciona en Plataforma Operativa, de existir dudas sube al departamento de Inmuebles.

 

COSTO PARA SOLICITUDES DE NEGATIVO DE REGISTRO DE INMUEBLES, BLOQUEO, DESBLOQUEO DE INMUEBLES O LIQUIDACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA:

  TASAS POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES IMPORTE
22 CERTIFICACIÓN NEGATIVO DE REGISTROS TRIBUTARIOS DE BIENES INMUEBLES. Bs. 120.00

 

 

 

 

  1. REPRODUCCIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO DE IMPUESTO PARA LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES, IMPUESTO MUNICIPAL PARA LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES, IMPUESTO MUNICIPAL PARA LA TRANSFERENCIA O MULTAS POR TRIBUTOS

Este trámite facilita la obtención de copias del comprobante de pago de impuestos vinculados a la propiedad de bienes inmuebles. Los documentos necesarios incluyen una carta de solicitud, valorados conforme a la normativa, y fotocopias de la cédula de identidad del contribuyente, cédula de identidad y poder en caso de apoderado. Para contribuyentes jurídicos, se añaden el Número de Identificación Tributaria (NIT) y la cédula de identidad del representante legal con el poder de representación.

La carta de solicitud debe especificar claramente los datos del contribuyente y/o del inmueble, indicando la fecha de pago del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI) o la gestión en caso del Impuesto Municipal a la Transferencia (IMT). El trámite se realiza en el Departamento de Inmuebles y requiere la firma al momento de la recepción.

En cuanto a los costos, la reproducción del comprobante de pago tiene un costo de Bs. 60.00 por gestión, ya sea para IMPBI, IMT, o en general para inmuebles.

REQUISITOS REPRODUCCIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO DE IMPUESTO PARA LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES:

  • Carta de solicitud, dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares).
  • Valorados establecidos en la normativa vigente.
  • Fotocopia de Cédula de Identidad del Contribuyente (vigente).
  • Fotocopia de Cédula de Identidad y Poder (en caso de apoderado).

 

Los Contribuyentes Jurídicos, además deberán presentar REPRODUCCIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO DE IMPUESTO PARA LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES:

  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos).
  • Fotocopia legible de Cédula de Identidad del Representante Legal y del Poder de Representación.

 

NOTA (S) REPRODUCCIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO DE IMPUESTO PARA LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES:

  1. En la carta deben estar especificados claramente los datos correspondientes a la solicitud realizada como ser: datos del Contribuyente y/o datos del inmueble indicando la fecha de pago del IMT o la gestión en caso de IPBI o IMPBI.
  2. La solicitud se presenta y se recoge en el Departamento de Inmuebles, debiendo recepcionarse con firma.

 

COSTO REPRODUCCIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO DE IMPUESTO PARA LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES:

  TASAS POR SERVICIO MUNICIPAL-INMUEBLES. IMPORTE
2 SOLICITUD DE REPRODUCCIÓN DE PAGO DE IMPUESTO MUNICIPAL A LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES  (IMPBI) POR GESTIÓN. Bs. 60.00
3 SOLICITUD DE REPRODUCCIÓN DE PAGO DE IMPUESTO MUNICIPAL A LA TRANSFERENCIA ONEROSA (IMT) DE BIENES INMUEBLES  POR GESTIÓN. Bs. 60.00
9 REPRODUCCIÓN DE PAGO INMUEBLES. Bs. 60..00

 

 

 

  1. CRÉDITO FISCAL INMUEBLES

Este trámite se enfoca en la obtención de crédito fiscal para bienes inmuebles y requiere:

  • Carta de solicitud dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 copias).
  • Fotocopia de la cédula de identidad del propietario.
  • Valorados según la normativa vigente.
  • Fotocopia actualizada del título de propiedad y alodial (no mayor a 180 días).
  • Fotocopia aprobada del plano de ubicación.
  • Declaración jurada (Formulario 101) firmada por el propietario o apoderado legal.
  • Informe técnico de la Dirección de Gestión Catastral (si aplica).
  • Documentos adicionales como cédula y poder (si aplica), documentos respaldatorios y comprobantes de pago de gestiones relacionadas.
  • Fólder amarillo.

Para contribuyentes jurídicos, se añaden:

  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • Fotocopia del balance y anexos del activo fijo de las gestiones objeto del crédito fiscal.
  • Fotocopia legible de la cédula de identidad del representante legal y del poder de representación.

La solicitud debe especificar claramente el motivo, y el trámite se realiza por la Plataforma Operativa. La tasa asociada es de Bs. 150.00, según las tasas por servicio municipal para inmuebles. Este proceso permite acceder a beneficios fiscales relacionados con la propiedad de bienes inmuebles.

 

REQUISITOS CRÉDITO FISCAL INMUEBLES:

  • Carta de solicitud, dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares).
  • Fotocopia legible de Cédula de Identidad del propietario (vigente).
  • Valorados establecidos en la normativa vigente.
  • Fotocopia del título de propiedad y alodial actualizado (alodial no mayor a 180 días de emitido).
  • Fotocopia del plano de ubicación (aprobado).
  • Declaración Jurada (Formulario 101), debidamente llenado y firmado por el propietario o apoderado legal.
  • Fotocopia del informe técnico, emitido por la Dirección de Gestión Catastral (en caso de inspección).
  • Fotocopia de Cédula de Identidad y del poder (en caso de apoderado legal).
  • Fotocopia de los documentos que respaldan la solicitud.
  • Comprobantes de pago (originales y fotocopias) de las gestiones objeto del crédito fiscal.
  • Fólder amarillo.

 

Los Contribuyentes Jurídicos, además deberán presentar CRÉDITO FISCAL INMUEBLES::

  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos).
  • Fotocopia del Balance y los anexos del activo fijo (de las gestiones objeto del crédito fiscal).
  • Fotocopia legible de Cédula de Identidad del Representante Legal y del Poder de Representación.

 

NOTA (S) CRÉDITO FISCAL INMUEBLES::

  1. En la carta debe estar especificado el motivo por el cual se está realizando la solicitud del crédito fiscal.
  2. La solicitud de Crédito Fiscal se ingresa y recepciona por Plataforma Operativa.

COSTO:

  TASA POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES IMPORTE
15 SOLICITUD DE CRÉDITO FISCAL DE BIENES INMUEBLES Bs. 150.00

 

 

  1. DIRECCIONAMIENTO DE PAGO BIENES INMUEBLES

REQUISITOS DIRECCIONAMIENTO DE PAGO BIENES INMUEBLES:

  • Carta de solicitud, dirigida al Secretario Municipal de Administración Tributaria (2 ejemplares).
  • Fotocopia legible del documento de identidad (vigente).
  • Valorados establecidos en la normativa vigente.
  • Fotocopia del título de propiedad y alodial (alodial no mayor a 180 días de emitido).
  • Fotocopia del plano de ubicación (aprobado).
  • Declaración Jurada (Formulario 101), debidamente llenado y firmado por el propietario o apoderado legal.
  • Fotocopia del informe técnico emitido por la Secretaría Municipal de Gestión Urbana donde se generó el error (sobre la baja por duplicidad).
  • Fotocopia del documento de identidad y del poder (en caso de apoderado legal).
  • Fotocopia de los documentos que respaldan la solicitud.
  • Comprobantes de pago (originales y fotocopias) de las gestiones objeto del direccionamiento de pago.
  • Fólder amarillo.

 

Los Contribuyentes Jurídicos, además deberán presentar PARA EL DIRECCIONAMIENTO DE PAGO BIENES INMUEBLES:

  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos).
  • Fotocopia del Balance y los anexos del activo fijo (de las gestiones objeto del direccionamiento de pago).
  • Fotocopia legible del documento de identidad del representante legal y del poder de representación.

 

NOTA (S) PARA EL DIRECCIONAMIENTO DE PAGO BIENES INMUEBLES.-

  1. En la carta debe estar especificado el motivo por el cual se está realizando la solicitud del direccionamiento de pago.
  2. El Trámite a solicitar se inicia por Plataforma Operativa.

 

COSTO:

  TASAS POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES IMPORTE
1 SOLICITUD ESPECÍFICA DE INMUEBLES   (2 TASAS DE  Bs. 60.00) Bs. 120.00

 

 

 

  1. FACILIDADES DE PAGO BIENES INMUEBLES

 

Estos requisitos son para solicitar facilidades de pago en impuestos relacionados con bienes inmuebles. Se requieren documentos como copias de testimonios y alodiales, identificación del propietario, poder específico en caso de representante legal, y otros documentos relacionados con el estado civil. Contribuyentes jurídicos deben incluir una copia del Número de Identificación Tributaria (NIT). Las solicitudes se realizan en una Plataforma Operativa, y el Departamento de Inmuebles supervisa el cumplimiento del Plan de Pago. Este servicio es gratuito.

 

REQUISITOS FACILIDADES DE PAGO BIENES INMUEBLES:

  • Fotocopia del testimonio y alodial vigente o vista rápida actual.
  • Fotocopia a color del documento de identidad (vigente), en caso de propietario.
  • Fotocopia a color del documento de identidad (vigente) y poder específico, en caso de apoderado.
  • Fotocopia a color del documento de identidad (vigente), fotocopia de libreta de matrimonio y defunción (si corresponde), en caso de cónyuge.
  • Fotografía de 2,5 x 2,5 fondo rojo.
  • Preaviso de cobranza de CRE.

 

  1. Los Contribuyentes Jurídicos, además deberán presentar PARA FACILIDADES DE PAGO BIENES INMUEBLES:
  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos).

 

  1. NOTA(S) FACILIDADES DE PAGO BIENES INMUEBLES:
  2. Las solicitudes de Planes de Pago se realizan en Plataforma Operativa, el Departamento de Inmuebles solo cumple un papel de seguimiento al cumplimiento del Plan de Pago.

SIN COSTO

 

  1. GIRO DE NEGOCIO BIENES INMUEBLES

 

El documento describe los requisitos para solicitar un giro de negocio en bienes inmuebles, incluyendo una carta de solicitud, copias de documentos legales de la empresa, estados financieros, NIT, certificado de registro, y pago de la tasa municipal. La carta debe especificar el motivo de la solicitud del Impuesto Municipal a la Transferencia Onerosa de Bienes Inmuebles (IMT) especial por giro de negocio. El trámite se realiza a través de la Plataforma Operativa y tiene un costo de Bs.150.00, que incluye la solicitud de exención del IMT por bien inmueble.

 

REQUISITOS GIRO DE NEGOCIO BIENES INMUEBLES:

  • Carta de Solicitud dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles. (2 copias).
  • Fotocopia del Poder del Representante Legal de la Empresa (Unipersonales fotocopia del documento de identidad de propietario).
  • Fotocopia de los Estatutos y Reglamentos debidamente aprobados, en caso de Empresas de Sociedad Anónima y Constituidas en el extranjero con sede en Bolivia.
  • Fotocopia de la Constitución de la Empresa

(No incluye empresa unipersonal).

  • Fotocopia Estados financieros de la Empresa (con anexos detallados de los activos transitorios).
  • Fotocopia del NIT (indicando la actividad principal de la Empresa).
  • Fotocopia del Certificado de registro de FUNDEMPRESA – SEPREC. (De acuerdo al registro vigente). Carta de solicitud específica, dirigida al Jefe de Departamento de Inmuebles (original), con valorados del Pago de Tasa Municipal.
  • Fólder amarillo.

 

NOTA (S) GIRO DE NEGOCIO BIENES INMUEBLES:

  1. En la carta debe estar especificado el motivo por el cual se está realizando la solicitud del IMT especial por giro de negocio.
  2. En caso de considerarse necesario, el Profesional Abogado del Departamento de Inmuebles, solicitará la documentación en original de cualquiera de los requisitos mencionados u otros que fueran necesarios.
  3. Adjuntar original de pago de Tasa Municipal.
  4. El Trámite ingresa por Plataforma Operativa.

 

COSTO GIRO DE NEGOCIO BIENES INMUEBLES

  TASA POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES IMPORTE
13 SOLICITUD DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO MUNICIPAL A LA TRANSFERENCIA ONEROSA DE BIENES INMUEBLES  (IMT) POR BIEN INMUEBLE. Bs.150.00

 

 

  1. INFORMES LEGALES PARA TRÁMITES VARIOS

El documento establece los requisitos para solicitar informes legales para varios trámites relacionados con bienes inmuebles. Se debe presentar un fólder con documentos según los requisitos de la Dirección Operativa de Plataforma, y el informe legal se elaborará para una variedad de trámites, como compra de anticipo de legítima, declaratoria de herederos, préstamo de documentos, convenios transaccionales, entre otros. Los trámites ingresan por la Plataforma Operativa y tienen diferentes costos, siendo necesario pagar una tasa municipal de Bs. 60.00 para solicitudes específicas no descritas en una tasa particular.

REQUISITOS INFORMES LEGALES PARA TRÁMITES VARIOS:

  • Fólder con documentos con los requisitos exigidos por la Dirección Operativa de Plataforma de acuerdo a la naturaleza del trámite.

 

NOTA (S) INFORMES LEGALES PARA TRÁMITES VARIOS:

  1. Se elaborará el respectivo informe legal para los siguientes trámites:
  • Trámite con Compra de Anticipo de Legítima.
  • Declaratoria de Herederos (cuando exista división).
  • Minuta de Montos Literales y Numerales Distintos.
  • Retiro de Trámites.
  • Préstamo de Documentos Originales (transferencia).
  • Convenios Transaccionales.
  • Adjudicaciones Judiciales.
  • Adjudicaciones de Asociaciones.
  • Transferencias con Poderes (solo cuando exista duda por parte del servidor público municipal de la DOP).
  • Inmuebles Migrados (en este caso el informe legal se realizará con fotocopias simples).
  • Órdenes Judiciales.
  • Procesos de Divorcios (con divisiones de bienes).
  • Sesión de Derechos.
  • Reconocimiento de Derecho.
  • Reconocimiento de Firma Judicial

 

Los Trámites ingresan por Plataforma Operativa.

 

 

COSTO INFORMES LEGALES PARA TRÁMITES VARIOS:

  TASA POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES IMPORTE
6 SOLICITUD DE CAMBIO DE REPRESENTANTE LEGAL DE BIENES INMUEBLES Bs. 60.00
7 SOLICITUD DE ANULACIÓN DE OBSERVACIÓN DE BIENES INMUEBLES. Bs. 60.00
14 SOLICITUD DE DESESTIMIENTO DE TRANSFERENCIA DE BIENES INMUEBLES.  

 

OBSERVACIÓN: Todos los Informes Legales para Trámites Varios o solicitudes que no estén en la descripción de una Tasa deben necesariamente presentar una Tasa por Servicio Municipal de  Bs. 60.00 (SOLICITUD ESPECÍFICA DE INMUEBLES)

 

 

  1. EXENCIÓN DE IMPUESTO PARA BIENES INMUEBLES

El documento establece los requisitos para solicitar la exención del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI) por bien inmueble. Se requiere una carta de solicitud dirigida al Secretario de Administración Tributaria, junto con documentos como testimonio de propiedad, folio real, reconocimiento de personería jurídica, estatutos aprobados, poder notariado del representante legal, certificado catastral, plano de uso de suelo, NIT, resolución de exención del Impuesto a la Utilidad de la Empresa (IUE), y, en el caso de cinco o más inmuebles, un detalle específico en forma digital. El trámite inicia en la Secretaría de Administración Tributaria y tiene un costo asociado según la Tasa por Servicio Municipal de Inmuebles.

REQUISITOS PARA EXENCIÓN DE IMPUESTO PARA BIENES INMUEBLES:

 

  • Carta de Solicitud dirigida a: SECRETARIO ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
  • Solicitud de Exención del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI) por Bien Inmueble.
  • Testimonio de Propiedad.
  • Folio Real o Alodial con antigüedad no mayor a 90 días.
  • Reconocimiento de Personería Jurídica.
  • Estatutos y/o Reglamento debidamente aprobados.
  • Poder notariado del Representante Legal, adjuntando fotocopia de cédula del apoderado.
  • Certificado Catastral.
  • Plano de Uso de Suelo (Aprobado).
  • Número de Identidad Tributaria – NIT.
  • Resolución de Exención del Impuesto a la Utilidades de la Empresa IUE, extendido por SIN.
  • Para la Exención de cinco (5) o más inmuebles, presentar el detalle específico en forma digital CD.
  • Folder amarillo.

 

NOTA(S) PARA EXENCIÓN DE IMPUESTO PARA BIENES INMUEBLES:

  1. En caso de bloqueos solicitados por autoridades judiciales, se deberá presentar la orden judicial indicando lo datos del inmuebles.
  2. El Trámite inicia en la Secretaria de Administración Tributaria.

 

COSTO PARA EXENCIÓN DE IMPUESTO PARA BIENES INMUEBLES:

  TASA POR SERVICIO MUNICIPAL – INMUEBLES
12 SOLICITUD DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO MUNICIPAL A LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES (IMPBI)  POR BIEN INMUEBLE.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PREGUNTAS FRECUENTES PARA BIENES INMUEBLES

  1. 1. Certificación de Inmuebles:
  • Pregunta: Si necesito una certificación de registro de un Inmueble o Certificado de no Deudor, ¿qué hago?
  • Solicito mediante carta la Certificación con los Datos relacionados a lo requerido, incluyendo la información del contribuyente y/o del inmueble, según sea necesario y con la Tasa por Servicio Municipal correspondiente.
  1. Reproducción del Comprobante de Pago de Impuestos.
  • Pregunta: ¿Qué hago si pierdo mi comprobante de pago del impuesto de mi casa?
  • R. Solicito al municipio una reproducción de pago del impuesto extraviado; previa presentación de requisitos.
  1. Sello Seco de Inmuebles:
  • Pregunta: ¿Cuándo se realiza la emisión del Sello Seco?
  • El Sello Seco se coloca al culminar el Trámite previa presentación del Comprobante de Pago Original y fotocopia del Impuesto Municipal a la Transferencia (I.M.T.) además de la Minuta de Transferencia.
  1. Crédito Fiscal de Inmuebles:
  • Pregunta: ¿Qué hago si por error pago impuestos en un inmueble que no corresponde o pago en demasía?
  • Solicitar un Crédito Fiscal mediante una carta de solicitud especificando el motivo. Adjuntar Tasa de Bs. 150.00 por Servicio Municipal.
  • Pregunta: ¿Qué documentos debo adjuntar en mi solicitud?
  • Se debe adjuntar a la carta de solicitud: cedula del propietario, título de propiedad, formulario de pago original y fotocopia, declaración jurada, informe técnico.
  1. Giro de Negocio de Inmuebles:
  • Pregunta: ¿Porque solicito IMT especial por Giro de Negocio?
  • El Trámite por Giro de Negocio se realiza para atender las solicitudes de Impuesto Municipal a la Transferencia (IMT) especial. A este beneficio se suscriben empresas que se encuentren registradas en el Municipio y que no están alcanzadas al IMT por no ser de dominio Tributario Municipal (constructoras).
  1. Regularización de Deuda:
  • Pregunta: ¿Que procede en caso de estar realizando un Trámite de Declaratoria de Herederos o de Divorcio con pagos al día y me genera nuevamente Deuda?
  • Se debe presentar en el Trámite, los pagos originales y fotocopia, para consolidar la deuda de Impuestos en Acciones y Derechos.
  1. Descuento de la 3ra. Edad.
  • Pregunta: ¿Tengo algún beneficio para pagar el impuesto a la propiedad de mi Inmueble si tengo más de 60 años?
  • R. El descuento del 20% a la 3ra edad en Inmuebles se efectiviza, previa presentación de los requisitos y es para todo adulto mayor propietario de un inmueble que tenga construcción de clase económica.

 

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