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diciembre 12, 2023

TRÁMITES DE PATENTES MUNICIPALES A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT)

  1. REGISTRO Y ACTUALIZACION DE PMC (PADRÓN MUNICIPAL DEL CONTRIBUYENTE)

El trámite de “Registro y Actualización de PMC” (Padrón Municipal del Contribuyente) requiere el documento de identidad del propietario, aviso de cobranza de luz, y en caso de contribuyentes jurídicos, el poder de representante legal. No se necesita carta de solicitud ni formulario específico. El proceso se realiza en la plataforma de la Secretaria de Administración Tributaria y no tiene costo asociado. La actualización del PMC permite al contribuyente realizar diversos trámites en la Secretaría de Administración Tributaria.

 

REQUISITOS PARA REGISTRO Y ACTUALIZACION DE PMC (PADRÓN MUNICIPAL DEL CONTRIBUYENTE):

 

  1. Documento de Identidad del propietario (fotocopia a color).
  2. Aviso de cobranza de Luz del domicilio del contribuyente.
  3. Fotografía 2,5 cm. X 2,5 cm., fondo rojo.

 

  • En caso de contribuyentes jurídicos presentar Poder de Representante Legal.

 

CARTA MODELO PARA REGISTRO Y ACTUALIZACION DE PMC (PADRÓN MUNICIPAL DEL CONTRIBUYENTE):                    

No precisa de presentación de carta de solicitud.

 

FORMULARIO PARA REGISTRO Y ACTUALIZACION DE PMC (PADRÓN MUNICIPAL DEL CONTRIBUYENTE):

No se realiza el llenado de formulario.

 

COSTOS PARA REGISTRO Y ACTUALIZACION DE PMC (PADRÓN MUNICIPAL DEL CONTRIBUYENTE):

No amerita ningún pago.

 

PRESENTACIÓN DE REGISTRO Y ACTUALIZACION DE PMC (PADRÓN MUNICIPAL DEL CONTRIBUYENTE):

Presentar los requisitos en Plataforma de la Secretaria de Administración Tributaria (SAT) para realizar la actualización de su Padrón Municipal del Contribuyente (PMC).

 

NOTA DE REGISTRO Y ACTUALIZACION DE PMC (PADRÓN MUNICIPAL DEL CONTRIBUYENTE): La actualización del Padrón Municipal del Contribuyente (PMC) le permite al contribuyente realizar cualquier tipo de trámite que se realice en la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

 

 

 

 

 

 

 

  1. EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO

 

El trámite de “Empadronamientos o Registro de Licencias de Funcionamiento” requiere la Declaración Jurada Formulario N°101, documento de identidad del interesado, certificado de Registro al Padrón Nacional de Contribuyentes, plano de uso de suelo, aviso de cobranza de luz y/o agua, evaluación del impacto ambiental, boleta de pago de la Tasa Municipal, y en el caso de personas jurídicas, se solicitan poder y constitución, así como autorizaciones específicas según la actividad económica. La presentación se realiza en la plataforma de la Secretaría de Administración Tributaria, y el costo asociado es de Bs. 280. Este trámite es necesario para quienes estén iniciando una nueva actividad económica en la jurisdicción municipal de Santa Cruz de la Sierra.

 

REQUISITOS PARA EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

 

  1. El propietario o representante legal debe llenar y firmar la Declaración Jurada Formulario N°101.
  2. Documento de Identidad del Interesado (fotocopia simple).
  3. Certificado de Registro al Padrón Nacional de Contribuyentes (fotocopia).
  4. Plano de Uso de Suelo o croquis de ubicación del domicilio del propietario y ubicación de la Actividad Económica (fotocopia).
  5. Aviso de cobranza de Luz y/o Agua del domicilio de la Actividad Económica (fotocopia).
  6. Evaluación del impacto Ambiental (fotocopia).
  7. Boleta original de pago de la Tasa Municipal establecida por normativa legal vigente.

 

  • En el caso de personas Jurídicas debe adjuntarse Poder y Constitución (fotocopias)
  • En caso de Sucursales de la Actividad Económica presentar fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) de la Sucursal.
  • Presentar Autorizaciones emitidas por autoridad competente de acuerdo a la Actividad Económica que realiza.
  • En caso que el trámite sea ingresado por un gestor, deberá presentar Documento de Identidad y estar autorizado en la Declaración Jurada Formulario N°101.

 

Para entrega de trámite DE EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

 

  • Documento de Identidad del propietario o de la persona que ingreso el trámite (original y fotocopia).
  • 3ra Persona: Poder Notariado.

 

CARTA MODELO PARA EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

No precisa la presentación de carta de solicitud.

 

FORMULARIO PARA EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

Declaración Jurada No. 101

 

COSTOS PARA EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

Se debe realizar el pago de la Tasa Municipal de Empadronamiento de Bs. 280.

 

PRESENTACIÓN PARA EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

Presentar los requisitos en Plataforma de la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

 

NOTA DE EMPADRONAMIENTOS O REGISTRO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO: El trámite de empadronamiento de Licencias de funcionamiento lo realizan todas las personas que están aperturando una nueva actividad en la jurisdicción Municipal de Santa Cruz de la Sierra.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. REEMPADRONAMIENTOS O ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO

 

El trámite de “Reempadronamientos o Actualización de Licencias de Funcionamiento” implica la presentación de la Declaración Jurada Formulario N°101, documento de identidad, licencia de funcionamiento, certificado de registro al padrón nacional de contribuyentes, plano de uso de suelo, aviso de cobranza de luz y/o agua, evaluación del impacto ambiental, boleta de pago de la tasa municipal, y en el caso de personas jurídicas, poder y constitución, además de autorizaciones específicas para la actividad económica. El costo es de Bs. 210, y en caso de extravío de la licencia original, se añade un pago adicional de Bs. 60. Este trámite se realiza para la actualización o modificación de superficie, dirección o razón social de actividades económicas en la jurisdicción municipal de Santa Cruz de la Sierra.

 

REQUISITOS PARA REEMPADRONAMIENTOS O ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

 

  1. El propietario o representante legal debe llenar y firmar la Declaración Jurada, Formulario N°101.
  2. Documento de identidad del interesado (fotocopia).
  3. Licencia de Funcionamiento (original).
  4. Certificado de Registro al Padrón Nacional de Contribuyentes (fotocopia).
  5. Plano de Uso de Suelo o croquis de ubicación del domicilio del propietario y ubicación de la Actividad Económica (fotocopia).
  6. Aviso de cobranza de Luz y/o Agua del domicilio de la Actividad Económica (fotocopia).
  7. Evaluación del impacto Ambiental fotocopia.
  8. Boleta de Pago original de la Tasa Municipal establecida por normativa legal vigente.

 

  • En caso de personas Jurídicas deben presentar Poder y Constitución (fotocopias).
  • En caso de extravío de la Licencia de funcionamiento, presentar una carta dirigida al Jefe del Departamento de Patentes y otros ingresos, adjuntando el pago de la Tasa Municipal establecida.
  • Presentar Autorizaciones emitidas por autoridad competente de acuerdo a la Actividad Económica que realiza.
  • En caso que el trámite sea ingresado por un gestor, deberá presentar Documento de Identidad y estar autorizado en la Declaración Jurada Formulario N°101.
  • Valorados establecidos en la normativa vigente.

 

Para entrega del trámite DE REEMPADRONAMIENTOS O ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

 

  • Documento de Identidad del propietario o de la persona que ingreso el trámite (original y fotocopia).
  • 3ra Persona: Poder Notariado.

 

COSTOS REEMPADRONAMIENTOS O ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

Se debe realizar el pago de la Tasa Municipal de Reempadronamiento de Bs. 210.

En el caso de no contar con la Licencia original, debe realizar el pago de la Tasa Municipal de Bs. 60.

 

PRESENTACIÓN DE REEMPADRONAMIENTOS O ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO:

Presentar la documentación en Plataforma de la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

 

NOTA REEMPADRONAMIENTOS O ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO: El trámite de reempadronamiento de Licencias de funcionamiento lo realizan todas las personas que están realizando una actualización o modificación de superficie, dirección, razón social de las actividades económicas que se encuentran en la jurisdicción Municipal de Santa Cruz de la Sierra.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. LEGALIZACIÓN DE FOTOCOPIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO

 

El trámite de “Legalización de Fotocopia de Licencia de Funcionamiento” requiere la presentación de la licencia de funcionamiento vigente (fotocopia) y la boleta de pago original de la Tasa Municipal establecida por la normativa legal vigente. Además, no debe haber deuda pendiente de la Patente Municipal, y en el caso de personas jurídicas, se debe presentar el poder del representante legal. El costo es de Bs. 100, y se realiza en el lobby del edificio de la Quinta Municipal. Este trámite permite obtener hasta 10 fotocopias legalizadas de la licencia de funcionamiento para contribuyentes naturales y jurídicos.

 

REQUISITOS PARA LEGALIZACIÓN DE FOTOCOPIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO

 

  1. Licencia de Funcionamiento vigente (fotocopia).
  2. Boleta de pago original de la Tasa Municipal establecida mediante normativa legal vigente.

 

  • No tener deuda pendiente de la Patente Municipal (Licencia de Funcionamiento) sujeto al trámite.
  • En el caso de personas Jurídicas presentar Poder del Representante Legal.

 

CARTA MODELO PARA LEGALIZACIÓN DE FOTOCOPIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

No precisa la presentación de carta de solicitud.

 

FORMULARIOS PARA LEGALIZACIÓN DE FOTOCOPIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

No se realiza el llenado de formularios.

 

COSTOS LEGALIZACIÓN DE FOTOCOPIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

Se debe realizar el pago de la Tasa Municipal de Reempadronamiento de Bs. 100.

 

PRESENTACIÓN DE LEGALIZACIÓN DE FOTOCOPIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

Presentar la solicitud de legalización en el lobby del edificio de la Quinta Municipal.

NOTA: Puede solicitar hasta 10 fotocopias legalizadas por el pago de la Tasa de bs. 100.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. RE-CATEGORIZACIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL (LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO) CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO

El trámite de “Re-categorización de la Patente Municipal (Licencia de Funcionamiento)” para contribuyentes naturales y jurídicos requiere la presentación de una carta de solicitud, documento de identidad, certificado de registro al Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT), licencia de funcionamiento (fotocopias), estados financieros de la gestión a re-categorizar, formularios de impuestos, y la boleta de pago de la Tasa Municipal de Re-categorización por un costo de Bs. 150. Los profesionales no presentan estados financieros. El trámite se realiza en el lobby del edificio de la Secretaría de Administración Tributaria (SAT) y está dirigido a medianos y grandes contribuyentes.

 

REQUISITOS PARA RE-CATEGORIZACIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL (LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO) CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO :

 

  1. Carta de solicitud de re-categorización dirigida al Jefe de Departamento de Patentes y Otros Ingresos.
  2. Documento de Identidad del Propietario o Representante Legal (fotocopia).
  3. Certificado de Registro al Padrón Nacional de Contribuyentes o Número de Identificación Tributaria (NIT) (fotocopia
  4. Licencia de Funcionamiento (fotocopia).
  5. Estados Financiero de la gestión a Re-categorizar con solvencia de profesional.
  6. Formulario 200 (IVA), 400 (IT) y 605 (IUE) de la gestión a Re-categorizar (fotocopia).
  7. Boleta de pago original de la Tasa Municipal establecida según normativa legal vigente.

 

  • Los Profesionales no presentarán Estados Financieros de la gestión a Re-categorizar.
  • En caso de Sucursales se deberá presentar un cuadro Anexo que detalle las ventas mensuales firmadas por el propietario o Representante Legal y el Contador.

 

FORMULARIOS PARA RE-CATEGORIZACIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL (LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO) CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

No se realiza el llenado de formularios.

 

COSTOS PARA RE-CATEGORIZACIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL (LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO) CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

Se debe realizar el pago de la Tasa Municipal de Re-categorización de Bs.  150.

 

PRESENTACIÓN PARA RE-CATEGORIZACIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL (LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO) CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

Presentar la documentación en el lobby del edificio de la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

 

NOTA PARA RE-CATEGORIZACIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL (LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO) CONTRIBUYENTE NATURAL Y JURÍDICO:

Todos los contribuyentes que son medianos y grandes contribuyentes pueden realizar el presente trámite.

 

  1. BAJA DEFINITIVA – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

La “Baja Definitiva – Licencia de Funcionamiento” implica el llenado y firma del Formulario de Baja Definitiva (N° 301), presentación de la licencia original, fotocopia del documento de identidad del propietario o representante legal, y, si aplica, el poder del representante legal. Se debe presentar una carta en caso de extravío de la licencia, adjuntando el pago de la Tasa Municipal. Se requiere no tener deuda pendiente de la Patente Municipal a la fecha del cierre. El costo de la baja definitiva es de Bs. 60, y el trámite se realiza en la plataforma de la Secretaría de Administración Tributaria (SAT). El contribuyente debe haber pagado la patente y/o multas por incumplimiento a los deberes formales hasta la gestión de solicitud.

REQUISITOS PARA BAJA DEFINITIVA – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

 

  1. El propietario o representante legal debe llenar y firmar el Formulario de Baja Definitiva de Actividad Económica N° 301.
  2. Licencia de Funcionamiento (original).
  3. Documento de Identidad del Propietario o Representante Legal (fotocopia).
  4. Poder del Representante Legal, si corresponde (fotocopia).

 

  • En caso de extravío de la Licencia de Funcionamiento, presentar una carta dirigida al Jefe de Departamento de Patentes y Otros Ingresos, adjuntando el pago de la Tasa Municipal establecida.
  • No tener deuda pendiente de la Patente Municipal (Licencia de Funcionamiento) sujeto al trámite a la fecha del cierre.
  • Boleta original de pago de Tasa Municipal establecida según normativa legal vigente.

 

COSTOS DE BAJA DEFINITIVA – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

Se debe realizar el pago de la Tasa Municipal de Baja de Bs. 60.

 

PRESENTACIÓN DE BAJA DEFINITIVA – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

Presentar la documentación en Plataforma de la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

 

NOTA DE BAJA DEFINITIVA – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

Para realizar este trámite el contribuyente debe haber realizado el pago de la Patente y/o multas por incumplimiento a los deberes formales, según corresponda, hasta la gestión de solicitud.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. BAJA POR INACTIVIDAD – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

 

REQUISITOS PARA BAJA POR INACTIVIDAD – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

 

  1. Carta de Solicitud de Baja por Inactividad dirigida al Jefe de Departamento de Patentes y Otros Ingresos.
  2. Certificado de Inactividad emitido por el Servicio de Impuestos Nacionales o documento que acredite la inactividad de la Actividad Económica.
  3. Documento de Identidad del Propietario o Representante Legal (fotocopia).
  4. Boleta de pago original de la Tasa Municipal establecida por normativa legal vigente.

 

  • En caso de personas jurídicas se debe adjuntar Poder del representante legal.
  • El contribuyente una vez obtenida la liquidación de la Multa por Incumplimiento a Deberes Formales, deberá continuar su trámite presentando los requisitos de la BAJA DEFINITA.

FORMULARIOS DE BAJA POR INACTIVIDAD – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

No se realiza el llenado de formularios.

 

COSTOS DE BAJA POR INACTIVIDAD – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

Se debe realizar el pago de la Tasa Municipal de baja por inactividad de Bs. 150.

 

NOTA DE BAJA POR INACTIVIDAD – LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

A partir de la fecha de inactividad del NIT corresponde el pago de multas por incumplimiento a los deberes formales.

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. EXENCIÓN DE LA PATENTE PARA ACTIVIDAD ECONÓMICA (ONG, FUNDACIONES, ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO)

 

La “Baja por Inactividad – Licencia de Funcionamiento” requiere una carta de solicitud dirigida al Jefe de Departamento de Patentes y Otros Ingresos, un certificado de inactividad emitido por el Servicio de Impuestos Nacionales o documento que acredite la inactividad de la actividad económica, y la fotocopia del documento de identidad del propietario o representante legal. Se debe presentar la boleta de pago original de la Tasa Municipal establecida por la normativa legal vigente, y en caso de personas jurídicas, adjuntar el poder del representante legal. El costo de este trámite es de Bs. 150, y no se requiere el llenado de formularios adicionales. Es importante destacar que a partir de la fecha de inactividad del NIT, corresponde el pago de multas por incumplimiento a los deberes formales.

 

REQUISITOS PARA EXENCIÓN DE LA PATENTE PARA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

 

  1. Solicitud escrita pidiendo el beneficio de exención.
  2. Documentación que acredite la calidad de sujeto pasivo exento de la obligación tributaria.
  3. Tener la Actividad Económica registrada.
  4. Certificación emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales que acredita la exención del pago del impuesto a las Utilidades (Resolución Administrativa en su caso), requisito exigido para las exenciones de patentes.
  5. Plano de ubicación.
  6. Boleta de pago original de la Tasa Municipal establecida por normativa legal vigente.

 

  • La solicitud escrita pidiendo el beneficio de exención, deberá ser dirigida al Secretario de Administración Tributaria.
  • Boleta de pago original de la Tasa Municipal establecida por normativa legal vigente.
  • Presentar los requisitos en Folder amarillo.

 

FORMULARIOS PARA EXENCIÓN DE LA PATENTE PARA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

No se realiza el llenado de formularios.

 

COSTOS PARA EXENCIÓN DE LA PATENTE PARA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

Se debe realizar el pago de la Tasa Municipal de exención de Bs. 150.

 

PRESENTACIÓN PARA EXENCIÓN DE LA PATENTE PARA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

Presentar la documentación en Secretaria de Administración Tributaria (SAT). Bloque 1, 1er. Piso de la Quinta Municipal.

 

NOTA PARA EXENCIÓN DE LA PATENTE PARA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

Si el trámite es realizado por primera vez, el mismo será derivado al Concejo Municipal, para la elaboración de una Resolución Municipal. Para las posteriores solicitudes se elaborarán Resoluciones Secretariales en la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

 

 

 

 

 

  1. EXENCIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS PROFESIONALES INDEPENDIENTES

 

Para solicitar la “Exención de la Patente Municipal para Actividades Económicas Profesionales Independientes”, se requiere una solicitud escrita dirigida al Secretario de Administración Tributaria, acompañada de copias legalizadas del Título en Provisión Nacional y del Título Académico. Además, se debe tener registrada la Actividad Económica y presentar la boleta original del pago de la Tasa Municipal establecida por la normativa legal vigente. Se debe adjuntar el documento de identidad del interesado o el poder de representación en caso de apoderados. La presentación de los requisitos se realiza en la Secretaría de Administración Tributaria, bloque 1, 1er. Piso de la Quinta Municipal. No se requiere el llenado de formularios adicionales. Es importante mencionar que, si el trámite es realizado por primera vez, será derivado al Concejo Municipal para la elaboración de una Resolución Municipal. Para solicitudes posteriores, se elaborarán Resoluciones Secretariales en la Secretaría de Administración Tributaria (SAT).

 

REQUISITOS PARA EXENCIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS PROFESIONALES INDEPENDIENTES:

 

  1. Solicitud escrita pidiendo el beneficio de la exención.
  2. Copia Legalizada del Título en Provisión Nacional.
  3. Copia Legalizada del Título Académico.
  4. Tener su Actividad Económica registrada.
  5. Boleta original del pago de la Tasa Municipal establecida por normativa legal vigente.

 

  • La solicitud escrita pidiendo el beneficio de exención, deberá ser dirigida al Secretario de Administración Tributaria.
  • Documento de Identidad del Interesado o Poder de Representación en caso de Apoderados.
  • Presentar los requisitos en Folder amarillo

 

FORMULARIOS DE EXENCIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS PROFESIONALES INDEPENDIENTES:

No se realiza el llenado de formularios.

 

 

PRESENTACIÓN DE EXENCIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS PROFESIONALES INDEPENDIENTES:

Presentar la documentación en Secretaria de Administración Tributaria, bloque 1, 1er. Piso de la Quinta Municipal.

 

NOTA DE EXENCIÓN DE LA PATENTE MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS PROFESIONALES INDEPENDIENTES:

Si el trámite es realizado por primera vez, el mismo será derivado al Concejo Municipal, para la elaboración de una Resolución Municipal. Para las posteriores solicitudes se elaborarán Resoluciones Secretariales en la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

  1. PLANES DE PAGO DE LA PATENTE MUNICIPAL A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA – CONTRIBUYENTE NATURAL – JURÍDICO

 

Para solicitar planes de pago de la Patente Municipal a la Actividad Económica, ya sea para contribuyentes naturales o jurídicos, se requiere la presentación de una fotocopia del documento de identidad del propietario, el aviso de cobranza de electricidad o agua, y, en casos específicos, testimonios de poder o documentos que respalden la sucesión de pasivos tributarios, la liquidación o disolución de sociedades.

 

No es necesario completar formularios adicionales ni presentar una carta de solicitud. La presentación se realiza en la plataforma de la Secretaría de Administración Tributaria (SAT), y no hay costos asociados. Es importante tener en cuenta que la cuota mínima para otorgar planes de facilidades de pago no puede ser menor a 100 UFV’S. El incumplimiento de un plan de facilidades de pago puede dar lugar al Título de Ejecución Tributaria. Este trámite no abarca la gestión vigente.

 

REQUISITOS PARA PLANES DE PAGO DE LA PATENTE MUNICIPAL A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

 

  1. Fotocopia del documento de identidad del propietario y presentar original.
  2. Aviso de cobranza de electricidad o agua.

 

  • Testimonio de Poder específico (original o fotocopia legalizada) para la solicitud y tramitación del plan de facilidad de pago, cuando el solicitante no sea el titular de la deuda (si corresponde).
  • Para los siguientes casos además presentar:
    • Sucesores de personas naturales:
  • Testimonio Notarial y/o Resolución Judicial de Declaratoria de Herederos o aceptación de herencia (fotocopia legalizada).
    • Personas colectivas o jurídicas sucesoras en los pasivos tributarios:
  • La disposición normativa o documento equivalente que disponga de forma expresa la sucesión de pasivos tributarios.
    • Socios o accionistas que asuman la responsabilidad de sociedades en liquidación o disolución:
  • Testimonio de escritura pública o documento equivalente que acredite la liquidación o disolución de la sociedad (fotocopia legalizada).
  • La cuota mínima para la otorgación de planes de facilidades de pago para los tributos, no podrá ser menor a los 100 UFV’S.
  • El incumplimiento de un Plan de Facilidades de Pago dará lugar al Título de Ejecución Tributaria.

 

CARTA MODELO PARA PLANES DE PAGO DE LA PATENTE MUNICIPAL A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

No se necesita presentar la carta de solicitud.

 

FORMULARIOS PARA PLANES DE PAGO DE LA PATENTE MUNICIPAL A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

No se realiza el llenado de formularios.

 

COSTOS PARA PLANES DE PAGO DE LA PATENTE MUNICIPAL A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

No se realizan pagos.

 

PRESENTACIÓN PARA PLANES DE PAGO DE LA PATENTE MUNICIPAL A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

En Plataforma de la Secretaria de Administración Tributaria (SAT).

 

NOTA PARA PLANES DE PAGO DE LA PATENTE MUNICIPAL A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

El presente trámite no abarca a la gestión vigente.

 

 

PREGUNTAS FRECUENTES DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

 

  1. ¿Qué es la Licencia de funcionamiento?
    R. Es la autorización otorgada por el Gobierno Autónomo Municipal para el ejercicio de una actividad dentro de nuestra jurisdicción

 

  1. ¿Qué es la Patente?
    R. Es el tributo que se genera a través del perfeccionamiento del hecho generador.

 

  1. ¿Para qué sirve cada requisito que se pide para una licencia de funcionamiento?
    R. Los requisitos son documentos indispensables para la tramitación de una licencia de funcionamiento; estos certifican la veracidad de lo señalado y firmado por el contribuyente en el formulario 101 (declaración jurada), además de que a través de ellos se determinan la Patente de funcionamiento.

 

  1. ¿Cuánto tiempo puede un local funcionar mientras tramita su licencia?
    R. La normativa actual no contempla lo consultado, el contribuyente debe solicitar y tramitar su licencia de funcionamiento para poder ejercer una actividad económica dentro de nuestra jurisdicción municipal.

 

  1. ¿Cuáles son los plazos y límites para pagar la Patente sin multas?
    R. Son determinados mediante una Resolución Administrativa Secretarial, mismo que son variables de un año a otro. Generalmente los descuentos para actividades económicas son del 10%, 8%, 5%, 0 % a la Patente determinada y posteriormente se cobra multas

 

  1. ¿Hay perdonazo tributario todos los años y en qué fecha?
    R. Dentro de sus políticas tributarias esta situación está determinada mediante informes técnicos jurídicos y previa autorización por parte del Concejo Municipal. Pero no todos los años es implementado.

 

  1. ¿Dónde y cómo se puede pagar la Patente?
    R. Se puede realizar el pago en todas las entidades financieras que se encuentran autorizadas. Asimismo, puede suscribirse plan de cuotas por gestiones vencidas.

 

  1. ¿Dónde se suscriben los planes de cuotas?
    R. Los planes de pagos se suscriben en oficinas de la Secretaria de Administración Tributaria de manera personal o a través de un apoderado legal.

 

  1. ¿Cuánto es la multa mínima que debe pagar el contribuyente en cada gestión, por no haber pagado a tiempo su tributo?
    R. Una vez vencido el plazo para el cumplimiento de la obligación tributaria, la deuda tributaria queda constituida por el Tributo Omitido que es actualizado en UFVs, interés con una determinada tasa aplicable, multas por incumplimiento a los deberes formales. Mientras más antigua la gestión mucho más se paga. El monto mínimo de pago de multa por incumplimiento a los deberes formales a la fecha es de UFV’s 50.

 

  1. ¿Cuáles son los requisitos para la obtención de la Ficha Técnica Ambiental?
    R. El lugar donde se tramites la Ficha Técnica Ambiental es en la Secretaria de Medio Ambiente del G.A.M.S.C. por tanto debe solicitar los requisitos ante dichas oficinas.

 

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