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noviembre 16, 2023

Bienes Inmuebles

  1. Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para solicitar certificaciones de propiedad de bienes inmuebles?
    • Respuesta: Los requisitos incluyen una carta de solicitud (2 ejemplares), orden judicial o requerimiento fiscal (original y copia), fotocopia de cédula de identidad del contribuyente, fotocopia del título de propiedad o alodial actualizado, y adjuntar el comprobante de pago original de la entidad financiera.
  2. Pregunta: ¿Cuál es el costo para solicitar la certificación de pagos de Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI) y la certificación de pagos de Impuesto Municipal a la Transferencia Onersoa (IMT) de bienes inmuebles?
    • Respuesta: El costo para estas certificaciones es de Bs. 120.00 cada una, según las tasas establecidas por el servicio municipal.
  3. Pregunta: ¿Dónde se presentan y recogen las solicitudes de certificaciones de bienes inmuebles?
    • Respuesta: Todas las solicitudes de certificaciones se presentan y recogen en el Departamento de Inmuebles, con firma recepcionada.
  1. Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para obtener el Sello Seco?
    • Respuesta: Los requisitos incluyen la minuta de transferencia (original), comprobante de pago del Impuesto Municipal a la Transferencia (IMT) en original y fotocopia, y el certificado catastral (original).
  2. Pregunta: ¿Dónde se lleva a cabo el trámite para obtener el Sello Seco?
    • Respuesta: El trámite se realiza en el Departamento de Inmuebles.
  3. Pregunta: ¿Cuál es el costo asociado con la obtención del Sello Seco?
    • Respuesta: La obtención del Sello Seco es gratuita, no hay costo involucrado.
  1. Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la atención a negativos de registro de inmuebles, bloqueo, desbloqueo o liquidación de deuda tributaria?
    • Respuesta: Los requisitos incluyen una carta de solicitud dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares), Orden Judicial o Requerimiento Fiscal (original y copia), valorados según la normativa vigente (excepto para liquidación de deuda tributaria), fotocopia de la Cédula de Identidad del Contribuyente (vigente), fotocopia de la Cédula de Identidad y Poder (en caso de apoderado), y fotocopia del Título de Propiedad o Alodial actualizado (alodial no mayor a 180 días de emisión), si aplica.
  2. Pregunta: ¿Qué deben presentar los Contribuyentes Jurídicos adicionalmente para solicitar la atención a negativos de registro de inmuebles, bloqueo, desbloqueo o liquidación de deuda tributaria?
    • Respuesta: Los Contribuyentes Jurídicos deben presentar, además, la fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT) (solo para Contribuyentes Jurídicos) y la fotocopia legible de la Cédula de Identidad del Representante Legal y del Poder de Representación.
  3. Pregunta: ¿Cuál es el costo asociado a la certificación de negativo de registros tributarios de bienes inmuebles?
    • Respuesta: El costo asociado a la certificación negativa de registros tributarios de bienes inmuebles es de Bs. 120.00, conforme a las tasas por servicio municipal para inmuebles.
  1. Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la reproducción del comprobante de pago de impuestos para la propiedad de bienes inmuebles, impuesto municipal para la propiedad de bienes inmuebles, impuesto municipal para la transferencia o multas por tributos?
    • Respuesta: Los requisitos incluyen una carta de solicitud dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares), valorados establecidos en la normativa vigente, fotocopia de la Cédula de Identidad del Contribuyente (vigente), y fotocopia de la Cédula de Identidad y Poder (en caso de apoderado).
  2. Pregunta: ¿Qué información específica debe estar incluida en la carta de solicitud para la reproducción del comprobante de pago de impuestos para la propiedad de bienes inmuebles, impuesto municipal para la propiedad de bienes inmuebles, impuesto municipal para la transferencia o multas por tributos?
    • Respuesta: La carta debe incluir claramente los datos correspondientes a la solicitud, como los datos del Contribuyente y/o datos del inmueble, indicando la fecha de pago del IMT o la gestión en caso de IPBI o IMPBI.
  3. Pregunta: ¿Cuál es el costo asociado a la solicitud de reproducción de pago de impuesto municipal a la propiedad de bienes inmuebles (IMPBI) por gestión?
    • Respuesta: El costo asociado a la solicitud de reproducción de pago de IMPBI por gestión es de Bs. 60.00, conforme a las tasas por servicio municipal para inmuebles.
  1. Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para solicitar un crédito fiscal de bienes inmuebles?
    • Respuesta: Los requisitos incluyen una carta de solicitud dirigida al Jefe del Departamento de Inmuebles (2 ejemplares), fotocopia legible de la Cédula de Identidad del propietario (vigente), valorados establecidos en la normativa vigente, fotocopia del título de propiedad y alodial actualizado (no mayor a 180 días de emitido), fotocopia del plano de ubicación (aprobado), declaración jurada (Formulario 101) llenado y firmado por el propietario o apoderado legal, fotocopia del informe técnico emitido por la Dirección de Gestión Catastral (en caso de inspección), fotocopia de Cédula de Identidad y del poder (en caso de apoderado legal), fotocopia de los documentos que respaldan la solicitud, comprobantes de pago (originales y fotocopias) de las gestiones objeto del crédito fiscal, y un fólder amarillo.
  2. Pregunta: ¿Qué información debe especificarse en la carta de solicitud para el crédito fiscal de bienes inmuebles?
    • Respuesta: La carta debe especificar claramente el motivo por el cual se está realizando la solicitud del crédito fiscal.
  3. Pregunta: ¿Cuál es el costo asociado a la solicitud de crédito fiscal de bienes inmuebles?
    • Respuesta: El costo asociado a la solicitud de crédito fiscal de bienes inmuebles es de Bs. 150.00, de acuerdo a la tasa por servicio municipal para inmuebles.
    1. Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el direccionamiento de pago de bienes inmuebles?
      • Respuesta: Los requisitos incluyen una carta de solicitud dirigida al Secretario Municipal de Administración Tributaria (2 ejemplares), fotocopia legible del documento de identidad (vigente), valorados establecidos en la normativa vigente, fotocopia del título de propiedad y alodial (alodial no mayor a 180 días de emitido), fotocopia del plano de ubicación (aprobado), declaración jurada (Formulario 101) llenado y firmado por el propietario o apoderado legal, fotocopia del informe técnico emitido por la Secretaría Municipal de Gestión Urbana donde se generó el error (sobre la baja por duplicidad), fotocopia del documento de identidad y del poder (en caso de apoderado legal), fotocopia de los documentos que respaldan la solicitud, comprobantes de pago (originales y fotocopias) de las gestiones objeto del direccionamiento de pago, y un fólder amarillo.
    2. Pregunta: ¿Qué información debe especificarse en la carta de solicitud para el direccionamiento de pago de bienes inmuebles?
      • Respuesta: La carta debe especificar claramente el motivo por el cual se está realizando la solicitud del direccionamiento de pago.
    3. Pregunta: ¿Cuál es el costo asociado a la solicitud específica de bienes inmuebles para el direccionamiento de pago?
      • Respuesta: El costo asociado a la solicitud específica de bienes inmuebles para el direccionamiento de pago es de Bs. 120.00, de acuerdo a la tasa por servicio municipal para inmuebles.
  1. Pregunta: ¿Cuáles son los requisitos para solicitar facilidades de pago para bienes inmuebles?
    • Respuesta: Los requisitos incluyen fotocopia del testimonio y alodial vigente o vista rápida actual, fotocopia a color del documento de identidad (vigente) en caso de propietario, fotocopia a color del documento de identidad (vigente) y poder específico en caso de apoderado, fotocopia a color del documento de identidad (vigente), fotocopia de libreta de matrimonio y defunción (si corresponde) en caso de cónyuge, fotografía de 2,5 x 2,5 con fondo rojo, y preaviso de cobranza de CRE.
  2. Pregunta: ¿Es necesario realizar la solicitud de Planes de Pago en el Departamento de Inmuebles?
    • Respuesta: No, las solicitudes de Planes de Pago se realizan en Plataforma Operativa. El Departamento de Inmuebles cumple un papel de seguimiento al cumplimiento del Plan de Pago.
  3. Pregunta: ¿Cuál es el costo asociado a las solicitudes de facilidades de pago para bienes inmuebles?
    • Respuesta: No hay costo asociado a las solicitudes de facilidades de pago para bienes inmuebles.

1. ¿Cuáles son los requisitos esenciales para solicitar el IMT especial por giro de negocio?

Respuesta: Debes proporcionar una carta de solicitud, copia del poder del representante legal (o documento de identidad en caso de unipersonales), estatutos y reglamentos (para sociedades anónimas y empresas constituidas en el extranjero), estados financieros de la empresa, NIT, certificado de registro de FUNDEMPRESA – SEPREC, y carta de solicitud específica con los valorados del pago de Tasa Municipal.

2. ¿Qué información debe contener la carta de solicitud para el IMT especial por giro de negocio?

Respuesta: La carta debe explicar claramente el motivo de la solicitud del IMT especial por giro de negocio.

3. ¿Existe algún costo asociado a la solicitud de exención del IMT por bien inmueble en caso de giro de negocio?

Respuesta: Sí, el costo es de Bs. 150.00, correspondiente a la Tasa por Servicio Municipal – Inmuebles.

1. ¿Cuáles son los trámites para los que se requiere un informe legal y cuáles son los requisitos generales?

Respuesta: Los trámites que requieren informe legal incluyen compras de anticipo de legítima, declaratoria de herederos, minutas de montos literales y numerales distintos, retiro de trámites, préstamo de documentos originales, convenios transaccionales, aclarativas, adjudicaciones judiciales, adjudicaciones de asociaciones, transferencias con poderes (cuando hay dudas), inmuebles migrados, órdenes judiciales, procesos de divorcios, desistimientos, sesión de derechos, reconocimiento de derecho y reconocimiento de firma judicial. Los requisitos específicos dependen de la naturaleza de cada trámite y se encuentran detallados en la plataforma operativa.

2. ¿Cómo se ingresan estos trámites que requieren informe legal?

Respuesta: Los trámites que requieren informe legal se ingresan a través de la Plataforma Operativa.

3. ¿Cuál es el costo asociado a la solicitud de informes legales para trámites varios?

Respuesta: El costo varía según el trámite específico. Para solicitudes que no estén descritas en las tasas específicas, se debe presentar una Tasa por Servicio Municipal de Bs. 60.00 (Solicitud Específica de Inmuebles).

1. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la exención del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI) por bien inmueble?

Respuesta: Los requisitos incluyen una carta de solicitud dirigida al Secretario de Administración Tributaria, la solicitud de exención, testimonio de propiedad, folio real o alodial con antigüedad no mayor a 90 días, reconocimiento de personería jurídica, estatutos y/o reglamento debidamente aprobados, poder notariado del representante legal con fotocopia de la cédula del apoderado, certificado catastral, plano de uso de suelo aprobado, número de identidad tributaria (NIT), resolución de exención del Impuesto a la Utilidad de la Empresa (IUE) emitido por el SIN, y en el caso de exención de cinco o más inmuebles, presentar el detalle específico en forma digital en CD. El trámite inicia en la Secretaría de Administración Tributaria.

2. ¿Qué se debe hacer en caso de bloqueos solicitados por autoridades judiciales?

Respuesta: En caso de bloqueos solicitados por autoridades judiciales, se debe presentar la orden judicial indicando los datos del inmueble.

3. ¿Cuál es el costo asociado a la solicitud de exención del IMPBI por bien inmueble?

Respuesta: El costo es la Tasa por Servicio Municipal – Inmuebles, específicamente la Solicitud de Exención del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI) por Bien Inmueble, con un importe de Bs. 12.

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